De cara a las elecciones en la provincia de Buenos Aires, hay un dato que los electores deben tener en cuenta a la hora de votar. No habrá voto nulo o recurrido. ¿Cómo se cuentan los votos?

A diferencia de todas las elecciones anteriores, en estos comicios bonaerenses rige la Ley Provincial Electoral n.° 5.109, la que no contempla la figura del voto nulo ni del voto recurrido.

Por lo tanto, todo voto que tradicionalmente era considerado nulo (boletas diferentes, boletas rotas, sobres con objetos extraños en su interior, entre otros) será automáticamente contabilizado como voto en blanco.

Así, habrá solamente votos válidos, que son todos los sufragios que expresan de manera válida la voluntad del elector o la electora. Pueden ser afirmativos o en blanco.

También se considera voto válido aquel en el que la boleta electoral presenta alguna rotura en la parte inferior del papel o alguna tachadura en su cuerpo, siempre y cuando el encabezado –que contiene el número de lista, el nombre de la agrupación política y la categoría del cargo a elegir– se encuentre en perfectas condiciones.

Asimismo, cuando una electora o un elector coloque dos boletas exactamente iguales dentro del sobre para una sola categoría, también se considera válido y se computará como un único voto.