Desde este miércoles 18 de junio más de 100 líneas que pertenecen a la jurisdicción nacional tendrán un aumento del 7% en el boleto de colectivos, por lo que a partir de esa fecha regirán nuevo importes para quienes realizan viajes en este medio de transporte público en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

Desde este miércoles 18 de junio más de 100 líneas que pertenecen a la jurisdicción nacional tendrán un aumento del 7% en el boleto de colectivos, por lo que a partir de esa fecha regirán nuevo importes para quienes realizan viajes en este medio de transporte público en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

Con SUBE registrada:

0-3 km: $424,91
3-6 km: $473,35
6-12 km: $509,81
12-27 km: $546,31
Más de 27 km: $582,56

Con SUBE sin registrar:

0-3 km: $675,61
3-6 km: $752,63
6-12 km: $810,60
12-27 km: $868,63
Más de 27 km: $926,27

Cuáles son las líneas de colectivos nacionales en AMBA que aumentan desde el 18 de junio
1, 2, 8, 9, 10, 15, 17, 19, 20, 21, 22, 24, 28, 29, 31, 32, 33, 37, 41, 45, 46, 49, 51, 53, 55, 56, 57, 59, 60, 63, 67, 70, 71, 74, 75, 78, 79, 80, 85, 86, 87, 88, 91, 92, 93, 95, 96, 97, 98, 100, 101, 103, 105, 110, 111, 113, 114, 117, 119, 123, 124, 126, 127, 128, 129, 130, 133, 134, 135, 136, 140, 143, 145, 146, 148, 150, 152, 153, 154, 158, 159, 160, 161, 163, 164, 166, 168, 169, 172, 174, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 184, 185, 188, 193, 194, 195.

Por qué hay aumentos mensuales y cómo se actualizan las tarifas del transporte público
Desde el mes de abril, la actualización de las tarifas del transporte público se realiza combinando el último índice de inflación publicado por el Indec (Instituto Nacional de Estadística y Censos) con un aumento adicional del 2% con respecto al valor anterior. La Secretaría de Transporte es quien elabora un esquema de etapas definidas para mantener la previsibilidad del cronograma tarifario.

El Ejecutivo estableció, entonces, una modalidad de ajuste cuyo objetivo es mantener una metodología previsible, atada al comportamiento de los precios y sin exceder los límites inflacionarios definidos por el IPC.