El Gobierno habilitó la figura de las Estaciones de Servicio Móviles al marco regulatorio de expendio de combustibles líquidos. La medida fue dispuesta por la Secretaría de Energía mediante la Resolución 504/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La norma establece el procedimiento y las condiciones técnicas y registrales para la operación de depósitos portátiles destinados al abastecimiento minorista.
La resolución considera que las estaciones de servicio móviles constituyen una “herramienta fundamental a los efectos de garantizar el abastecimiento de combustibles en aquellas localidades que carecen de estaciones fijas en un radio considerable”. Según los considerandos, el propósito es reducir las distancias y costos de traslado de los consumidores, además de contribuir al desarrollo productivo de las economías regionales.
La modalidad móvil se presenta como una “alternativa novedosa que resuelve el abastecimiento local en condiciones seguras” debido a los menores costos implicados en el mantenimiento adecuado de las instalaciones. La Secretaría de Energía ya había autorizado el uso de tanques sobre el terreno y la implementación de estaciones de servicio móviles.
Las autoridades justifican la implementación al señalar que las estaciones móviles permiten una “rápida instalación y reubicación”, ofreciendo soluciones flexibles en comparación con la construcción de instalaciones que requieren tanques soterrados.
Estaciones de servicio móviles
Las estaciones móviles y modulares deberán cumplir con estrictas normas técnicas y de seguridad, basadas en estándares internacionales —como la NFPA385 y la UL-2085—, que exigen tanques de doble pared, sistemas automáticos de corte y detección de pérdidas, kits de control de derrames y extintores certificados.
Cada unidad será auditada por empresas externas habilitadas y deberá contar con planes de contingencia y seguros vigentes, garantizando una operación segura tanto para los usuarios como para el entorno, informó Casa Rosada
Asimismo, el nuevo régimen establece un sistema de sanciones severas para quienes operen fuera de la ley, incluyendo multas de hasta 160.000 litros de nafta súper y la inhabilitación inmediata de las instalaciones que incumplan las condiciones de seguridad o no cuenten con auditorías actualizadas.










